-Como sabe a partir del año 2016 el SAT exige a todos los contribuyentes Personas Físicas de Actividad Empresarial así como Personas Morales (exceptuando A.C. y Federaciones) él envió de las balanzas de comprobación mes a mes, a su vez los archivos de facturas de clientes y proveedores al ser digitales automáticamente el SAT da por enterando los movimientos de nuestros ingresos y gastos mensuales es por eso de vital importancia que mes a mes se estén presentando las declaraciones con la información correcta de lo que usted genero para esto es importante que nos ayude en los siguientes puntos:
- Estado de cuenta Bancario (puede descárgalo del portal de la banca electrónica) debe ser entregado a más tardar el día 10 del siguiente mes, recuerde que los impuestos deben ser enviados máximo el día 17 para cumplir con dicha obligación.
- Todos los movimientos de depósitos y gastos deben de estar debidamente identificados ya sea que nos traiga la papelería en físico con pólizas de cheques o transferencia realizadas todas con las facturas que respalden dicho movimiento y el caso de ventas los recibos de banco o transferencia realizados por sus clientes, o le podemos compartir un archivo de Excel que manejamos en el despacho para que lo vaya llenando y sea más fácil identificar los registros.
- Recuerde que a partir de este año 2017 las Declaraciones en Cero ya no son válidas para el SAT pues al generarse las facturas digitales la autoridad ya sabe de antemano cuantos gastos e ingresos se realizaron en el mes, por lo tanto estaríamos incurriendo en un delito grave para la autoridad y uno de los puntos en los que le podría afectar es que sus Sellos Digitales sean cancelados y ya no pueda facturas a sus clientes.
Si no cumple con estos puntos importantes para la generación de sus impuestos y la Autoridad le fincara alguna Multa o Requerimiento el despacho de deslinda de la responsabilidad y pago de la misma
-Los asesores fiscales que trabajan en el despacho están obligados a generar y enviar los archivos para pago del SIPARE (pago de IMSS-INFONAVIT) y 3% sobre nómina (Tesorería del estado) máximo el día 10 del mes esto para que usted tenga el tiempo suficiente de realizar dicho pago evitando así los cargos de actualizaciones y recargos, pero en caso de que usted como cliente no realice dicho pago y lo solicite nuevamente este tendrá un cargo automático ya sea en su factura o recibo de honorarios de $100.00 por cada ocasión que se le genere nuevamente.
-A partir del 01 de Diciembre del 2017 el SAT obliga a todos los contribuyentes a tener en su sistema de Facturación la Versión 3.3 en la cual son varios puntos los que se modifican por lo tanto es importante que desde ya vaya solicitando a su proveedor de facturación le actualice el sistema ya que factura generada con la versión anterior no será válida y por lo tanto no deducible para su cliente. En caso de que necesite que le demos apoyo para saber cómo debe de realizarse las facturas con esta versión nuestro personal lo podrá hacer pero es importante mencionarle que nosotros somos los encargados de llevar su Contabilidad y podemos compartirle lo que cada uno de nuestros asesores a aprendido en los diferentes cursos que han asistido pero es obligación de usted también actualizarse en este tipo de temas ya que son puntos importantes para que no pierda la venta de algún cliente.
-Recuerde que es importante que el pago de sus honorarios este al corriente ya que si se retrasa el personal del despacho tiene indicaciones de bloquear su cuenta, esto quiere decir que ya lo podrá realizar declaraciones, pagos de IMSS y 3% sobre nómina hasta que el retraso en su pago de honorarios quede cubierto al 100%