Estos son los días de descanso obligatorios que marca la Ley Federal del Trabajo.
- El 01 de Enero por Motivo del Año Nuevo
- 06 de Febrero en Conmemoración del Día de la Constitución Mexicana del 05 de Febrero.
- 20 de Marzo en Conmemoración del 21 de Marzo Aniversario del Natalicio de Benito Juárez
- 01 de Mayo por el Día del Trabajo
- El 16 de Septiembre por el Día de la Independencia
- 20 de Noviembre en conmemoración por la Revolución Mexicana
- 25 de diciembre por Navidad
Los trabajadores que realicen actividades remuneradas el día de su descanso les corresponde el doble del pago de su salario, el cual se triplica cuando esa jornada coincida con uno feriado.
Otros días de descanso que no son obligatorios son los siguientes:
- Del 13 al 15 por días Santos
- 05 de Mayo Batalla de Puebla
- 02 de Noviembre por los Fieles Difuntos
- 12 de Diciembre por ser el día del empleado bancario