Las personas físicas o personas morales que tengan trabajadores a su cargo se encuentran obligados a inscribirlos ante el IMSS, así como determinar y pagar las cuotas obrero patronales, mismas que se determinan conforme al Salario Base de Cotización.
En términos del artículo 27 de la Ley del Seguro Social el SBC se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, que se entregue al empleado por su trabajo; salvo algunos conceptos que la misma disposición prevé.
Cuando el patrón otorga a los trabajadores las prestaciones mínimas de ley, esto es, aguinaldo, vacaciones, y prima vacacional es muy común que en la práctica se utilice un factor de integración para determinar el SBC que generalmente es de 1.0452; sin embargo, dicho factor no se encuentra previsto en la ley del seguro social, sino que es el resultado de las operaciones reflejadas en la tabla.