El reparto de utilidades es el derecho constitucional de los trabajadores para recibir una parte de las utilidades generadas en la empresa donde laboran, conforme a la Declaración Anual que presenten ante las autoridades fiscales.
Tienen derecho al reparto de utilidades todos los trabajadores que laboren al servicio de un patrón, excepto:
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios y accionistas.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días al año al que corresponda el año del pago de utilidades.
- Profesionistas, técnicos y otros que mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado, y trabajadores domésticos.
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